Si tienes una empresa, sea pequeña o grande y no sabes realmente a qué Régimen puede pertenecer, este artículo es ideal para enriquecer tus conocimientos en esta área de la economía. Sin embargo, nos enfrascaremos un poco más en el Régimen Común, acá sabrás todos los requisitos que necesitas para pertenecer a él, quién se encarga de realizar este trámite y mucho más.
¿Quieres enterarte? ¡Adelante!.
CONTENIDOS
Requisitos para pertenecer al Régimen Común
Para pertenecer al Régimen Común, existen algunos requisitos que debes cumplir para estar apto:
- Estar inscrito en el RUT antes del inicio de la actividad económica en cuestión.
- Solicitar una autorización a la DIAN de la numeración de facturación.
- Obtener la factura o documento con todos los requisitos legales.
- Obtener el documento que refleje la factura de cuando el responsable del Régimen Común adquiere algún tipo de bien o servicio.
- Mostrar la declaración bimestral del impuesto sobre las ventas (También aplica si no se reciben ingresos gravados, mientras no se informe el cese de las actividades)
- Mostrar la declaración de renta y todos sus complementos.
- Al cumplir los requisitos de Ley, deberá actuar como agente de retención.
- Informar cuando se presente un cese en las actividades o de forma bimestral la declaración del IVA.
- Llevar libros de contabilidad que se hayan registrado por la Cámara de Comercio.
- Mantener un control auxiliar de ventas y compras, cuenta mayor y balance.
- Obtener factura legal.
¿Qué Documentos Necesito?
Los documentos que debes tener para pertenecer al régimen común, son los siguientes:
- Autorización de la DIAN.
- Factura de requisitos legales.
- Documento de factura.
- Factura legal.
- Cédula de ciudadanía.
¿A dónde acudir para realizar el trámite?
Para este tipo de trámites, se encuentra autorizada una entidad en específico, que es nada más y nada menos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, también conocida como DIAN. Esta se encarga de planificar y supervisar todas las actividades que se relacionen con el campo aduanero, tributario y cambiario, de manera que la seguridad fiscal de todo el Estado se encuentre bien consolidada.
Esta entidad es totalmente dependiente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Cuenta con oficinas en todo el país, para que de esta manera cumplir la función sea totalmente efectiva y sencilla, además, facilita la atención brindada al público.
Las funciones de la DIAN ( Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) son:
- Establecer precios y cobrar las ventas de bienes y servicios.
- Clasificar a los contribuyentes de acuerdo a sus características y actividades.
- Crear políticas de recaudación, fiscalización y otros impuestos sobre la renta así como el de derivados de timbres fiscales, derechos de aduana y otros y asegurarse de cumplirlas.
- Dirigir actividades de aduana para que las mercancías abandonadas o decomisadas puedan donarse para el buen ingreso tributario.
- Pagar la recompensa a personas que participen de manera activa en el control de actividades como contrabando, corrupción y evasión.
- Mantener el control de personas que se encargan de vender y comprar divisas de forma profesional.
- Controlar las operaciones que se relacionen con el régimen cambiario.
- Vigilar todas las obligaciones tributarias causadas por importaciones o exportaciones y verificar que estas sean cumplidas.
- Evaluar el control de las autoridades para que estos cumplan sus deberes.
- Realizar alianzas con otros organismos públicos, privados, nacionales y extranjeros. De manera que logren reducir la morosidad tributaria, aduanera y cambiaria.
¿Qué es el Régimen Común?
El régimen común puede definirse como un sistema o conjunto de condiciones que son aplicadas a las personas que tengan como obligación recolectar el IVA, como lo son las empresas y por supuesto, las personas que no se encuentren en el régimen simplificado.
¿Qué es el Régimen Simplificado?
El Régimen Simplificado puede definirse como un sistema que maneja la DIAN para lograr establecer un valor al impuesto sobre la renta a cualquier persona natural que pueda definirse como “Comerciante pequeño” el cual será pagado al Estado.
En este grupo, también entran personas artesanas, agricultoras, ganaderas, detallistas y comerciantes minoristas.
Que para pertenecer a este tipo de régimen también debes cumplir con algunos requisitos:
- Ser persona natural comerciante, artesano u otro.
- Tener un solo establecimiento para realizar sus actividades comerciales.
- Evitar por completo las actividades que se encuentren enlazadas con bienes intangibles. (Que se encuentren considerados de este tipo por la DIAN).
- No ser aduanero ( Persona encargada de exportaciones e importaciones).
- Asegurarte de que tus ingresos brutos del año anterior, no superen las 3.500 Unidades de Valor Tributario.
- No cobrar IVA y por lo tanto, no tendrá la obligación de emitir factura.
- Declarar el impuesto sobre la renta (Aunque en algunas ocasiones no lo pague).
- No tener más de tres negocios.
¿Quiénes pueden pertenecer al Régimen Común?
Pueden pertenecer a este tipo de régimen, las personas que:
- Comercialicen productos o servicios que contengan IVA.
- Sean naturales e incumplen con algunos requisitos para lograr pertenecer a los no responsables del IVA.
- Aduaneros que se relacionen directamente con las actividades gravadas con IVA.
¿Qué es un Contribuyente de Régimen Simplificado?
Primero, debes saber que los contribuyentes pueden seleccionarse en un grupo de acuerdo a los requisitos que las autoridades establezcan.
Estos contribuyentes son aquellos que se encuentran incluidos en una nómina que es expedida por el Director mediante la Resolución Exenta Número 45 del 19 de Noviembre del año 2001 debido a que cumplen con los siguientes requisitos:
- Tienen ingresos o ventas anuales que equivalgan a 300.000 UTM en los últimos 3 años comerciales.
- Tienen un capital propio tributario de acuerdo a los términos que se señalan en el artículo 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, el cual equivale o supera los 350.000 UTM en los últimos 3 años.
- Se ha sometido a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, de Valores y Seguros o de la Salud y de Personas.
- Ha realizado inversiones en Chile bajo las normas del D.L número 600 del año 1974.
- Se encuentra obligado a ser retenedor en Chile del Impuesto Adicional del Título IV de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- Mantiene inversiones en el exterior que tengan un monto superior o igual a los 100.000 UTM. Así mismo, aplica si en los últimos 3 años su monto de Capital Propio Tributario se encuentra igual o mayor a un valor de 72.000 UTM.
- Ha recibido un monto igual o mayor a 300.000 UTM por cualquier declaración de exportación. Han mantenido o aún mantienen una relación patrimonial. Esto aplica si la relación es directa o indirecta.
REQUISITOS PARA CAMBIAR DE RÉGIMEN
Estos requisitos se encuentran expresados en el artículo 499 del Estatuto Tributario:
- El año anterior deben haber tenido ingresos brutos por actividades, lo cuales tengan un valor inferior a 3.500 Unidades de Valor Tributario.
- Poseer un establecimiento, oficina o negocio donde se desarrolle la actividad en cuestión. Es importante tomar en cuenta que un establecimiento de comercio es un conjunto de bienes, el cual se encuentra totalmente destinado al cumplimiento de la empresa.
- En el establecimiento, oficina, local, negocio o sede las actividades que se realicen en él no deberán ser a modo de franquicia, ni concesión o regalía, ni otro sistema que implique la explotación.
- No deben ser aduaneros (Personas que importan o exportan bienes).
- En el año anterior o en curso, no deberán haber celebrado contratos de venta de bienes o algún tipo de prestación de servicio gravado por el valor individual superior o igual a 3.500 Unidades de Valor Tributario.
- El monto de consignaciones bancarias, depósitos o cualquier inversión durante el año anterior o el actual no supere las 3.500 Unidades de Valor Tributario.
Existe otro régimen llamado “Régimen Especial” En este se encuentran las entidades sin Ánimo de Lucro, como pueden ser las Fundaciones, Asociaciones y Corporaciones.
Muy bien, espero que ahora si hayas eliminado todas tus dudas con respecto a los requisitos que necesitas para pertenecer al régimen común, y todo lo que puede abarcar este tema. Si te ha gustado, compártelo con tus amigos para que también tengan este conocimiento.
¡Hasta luego!.